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El presente decreto tiene por objeto establecer los criterios para la transformación de la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA) en empresa pública bajo la denominación de Operadora Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 356 de la Ley núm. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.