219-22
Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano, por un monto de treinta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$35,000.00) mensuales, a las siguientes personas:
Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano, por un monto de treinta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$35,000.00) mensuales, a las siguientes personas:
Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano a las siguientes personas:
Dispone la incineración o destrucción de varias especies timbradas, entre ellas bebidas alcohólicas, cigarrillos, fósforos, sellos para documentos
y de inmigración.
Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano a las siguientes personas:
Dispone la incineración o destrucción de varias especies timbradas, entre ellas bebidas alcohólicas, cigarrillos, fósforos, sellos para documentos
y de inmigración.
Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano, por un monto de treinta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$35,000.00) mensuales,
a los siguientes locutores dominicanos:
Se concede la condecoración Orden de Mérito Aéreo, con Distintivo Blanco, en sus diferentes categorías, a los siguientes oficiales superiores de la Fuerza Aérea de
República Dominicana (FARD):
Johan Miguel González Fernández queda designado miembro del consejo del Fideicomiso Público-Privado para la Gestión Integral de Residuos Sólidos, en
representación de la Industria de Gestión Integral de Desechos Sólidos.
Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado dominicano a los siguientes servidores públicos del sector salud:
Se actualizan los montos salariales de las jubilaciones asignadas por el Estado dominicano mediante los decretos números 303-06, 198-07, 577-07, 357-10, 395-
11, 334-12, 137-13, 182-13, 355-13 y 279-17 a los siguientes servidores educativos del Ministerio de Educación de la República Dominicana.
Se excluye de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 1508-04, del
16 de septiembre de 2004, artículo 1, la parcela 311499157644.
Se excluye de la expropiación efectuada mediante los decretos números 1508-04, del 16 de septiembre de 2004, artículo 1; y 1400, del 8 de septiembre de 1983, artículo 1,
literal l, la parcela 311489829802.
Roberto Miguel Rodríguez Castillo queda designado vicerrector administrativo del Instituto de Educación Superior en Formación Diplomática y Consular
(INESDYC).
Elvis Antonio Alam Lora queda designado embajador extraordinario y plenipotenciario, concurrente, de la República Dominicana en la República de Turkmenistán,
con sede en la República de Turquía.
Se deroga el artículo 19 del Decreto núm. 706-20, del 17 de diciembre de 2020, respecto a la reposición de Irma Milagros Castro Cruz como ministra consejera en la
Embajada de la República Dominicana en la República Portuguesa. En consecuencia, se deroga el artículo 12 del Decreto núm. 83-18 del 20 de febrero de 2018.
Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del Estado dominicano a Flavio Tito Vespaciano Valenzuela Lugo